Descripción
¿Por qué comprar la cebolla en escamas de Secofrut? Con esta cebolla podrás disfrutar del sabor a cebolla en todas tus preparaciones de una manera sencilla y rápida.
La cebolla deshidratada conserva el aroma y sabor de la cebolla de una manera excelente, incluso el proceso de desecado hace el aroma de la cebolla más sutil y elegante que en su formato crudo. Es un ingrediente muy utilizado en la industria alimentaria y es excelente para su uso diario en casa.
USOS DE LA CEBOLLA EN ESCAMAS
Los beneficios a la hora de utilizar esta cebolla es la optimización de tus preparaciones. De esta forma evitaremos tener que lavar, pelar y cortar la cebolla, ya que esta ya está preparada para su uso.
Se puede incorporar en todos los guisos con una buena cantidad de humedad, para así poder hidratarse. Es ideal para añadir a sopas, añadir a una carne picada, en cualquier salsa e incluso en ensaladas con bastante humedad. Con la cebolla podrás enriquecer tus sofritos y además es ideal para acompañar carnes rojas, aves y sopas.
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Ya puedes comprar cebolla en escamas a granel en nuestra tienda online de frutos secos y legumbres nacionales www.secofrut.com en la sección de especias y condimentos.
FICHA TÉCNICA
Ficha técnica ajo en polvo
Ajo en polvo de Secofrut
Empresa : Secofrut
correo: calidad@secofrut.com
teléfono : 962297373
web: www.secofrut.com
Características del ajo en polvo
producto : Ajo en polvo
origen : China
Ingredientes del ajo en polvo
Producto obtenido de la molienda de los bulbos sanos y limpios del Allium sativum.
Declaración alérgenos del ajo en polvo
Puede contener trazas de otros frutos secos con cascara. Contiene Anhídrido sulfoso o sulfitos.
PARÁMETROS ANALÍTICOS | MICROBIO- LÓGICOS | Listeria monocytogenes | < 100 ufc/g |
E. coli | < 10 ufc/g |
Salmonella | Ausencia/25g |
FÍSICO- QUÍMICOS | Humedad (%) | < 6.75 |
| | Cenizas totales (%) | < 8.5 |
| Extracto etéreo (%) | 0.5-1.3 |
| SO2 | < 300 ppm |
| Granulometría | Luz de malla: 40/60 Mesh: Granulado fino 26/40 Mesh: Granulado grueso 8/16 Mesh: Cortado |
| Benzo(a)pireno | < 10 ppb |
| Suma de benzo(a)pireno, benzo(a)antraceno, benzo(a)fluoranteno y criseno | < 50 ppb |
DECLARACIONES ADICIONALES
- No contiene parásitos, microorganismos indeseables, plaguicidas, o sustancias tóxicas, descompuestas o extrañas que no se puedan reducir a un nivel aceptable mediante una clasificación y/o elaboración normales (Reglamentos (CE) nº 1881/2006 y 396/2005 y sus modificaciones posteriores)
- Para su elaboración; transformación y almacenamiento se ha seguido el Código Internacional Recomendado de Prácticas – Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969, 3 (1997) del Codex).
- No procede de Organismo modificado Genéticamente (OMG).
- Conservar en lugar seco y fresco.
- Este producto no ha sido irradiado.
PARÁMETROS NUTRICIONALES (Por cada 100 g) | Energía | 331 Kcal – 1385 kJ |
Proteínas | 16.55 g |
Agua | 6.45 g |
Grasas | 0.73 g |
Hidratos de carbono | 72.73 g |
De los cuales azúcares | 2.43 g |
Fibra total dietética | 9.0 g |
LEGISLACIÓN APLICABLE
- Reglamento (UE) nº 1169/2011 del parlamento europeo y del consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión y modificaciones posteriores.
- Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 sobre aditivos alimentarios y modificaciones posteriores.
- Reglamento (CE) nº 1881/2006 de la Comisión de 19 de diciembre de 2006 por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios y modificaciones posteriores.
- Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento europeo y de 23 de febrero de 2005 relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo y modificaciones posteriores.
- Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias y modificaciones posteriores.
POBLACIÓN A LA QUE VAN DESTINADAS LAS ESPECIAS
Población en general
Esta ficha técnica de ajo en polvo no es la original por lo que puede tener alguna actualización
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